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sistema para reconocer méritos excepcionales a ciudadanos cubanos
y a extranjeros

El Estado cubano ha establecido este sistema para reconocer méritos excepcionales a ciudadanos cubanos y a extranjeros, logrados en sus respectivas especialidades y en sus actividades a favor de los principios de la paz y los de la solidaridad internacional y en la lucha de los pueblos por alcanzar su independencia y soberanía plena.

El referido sistema está regido por la Ley No. 17, de fecha 28 de junio de 1978, el Decreto Ley No. 30, del 10 de diciembre de 1979 y los Estatutos correspondientes a cada una de los Títulos Honoríficos y Ordenes, así como los Reglamentos de las Medallas y Distinciones, aprobados por el Consejo de Estado el 12 de diciembre de 1979.

Toda Condecoración o Título Honorífico “se entenderá otorgado a nombre del pueblo trabajador... como reconocimiento de méritos extraordinarios alcanzados por ciudadanos cubanos” y podrán concederse además a organismos, organizaciones e instituciones, unidades militares, unidades económicas, ciudades y pueblos, tanto cubanos como del exterior que resulten merecedores de dichos reconocimientos. (Ley 17/78, artículos 2, 3, 4 y 5)

Las Condecoraciones comprenden

a) Las ÓRDENES (entre éstas se encuentran la ÓRDEN “LAZARO PEÑA”, de I, II y III Grados.
b) Las MEDALLAS (entre éstas se encuentran la MEDALLA “JESÚS MENÉNDEZ”, MEDALLA “TRABAJADOR INTERNACIONALISTA” y la MEDALLA “HAZAÑA LABORAL”.

Además de las Condecoraciones (Órdenes y Medallas), el sistema comprende los TITULOS HONORÍFICOS, que según la ley que los crea, pueden ser:

- TÍTULO DE “HÉROE DE LA REPÚBLICA DE CUBA, con su correspondiente MEDALLA “ESTRELLA DE ORO”, la que se entregará a personas, ciudades y pueblos, cubanos y extranjeros, a los que se otorgue el Título de “HEROE DE LA REPÚBLICA DE CUBA”, como su insignia representativa. (Decreto Ley No. 30/79 Cap. IV, artículo 6, acápite 1).

- TÍTULO DE “HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA”, con su correspondiente MEDALLA “ESTRELLA DE ORO DEL TRABAJO”, la que se entregará a personas, cubanas o extranjeras, a las que se otorgue el Título de “HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA”, como su insignia representativa (Decreto Ley No. 30/79 Cap. IV, artículo 6, acápite 2).

Tanto las Condecoraciones como los Títulos Honoríficos son creados y concedidos únicamente por el Consejo de Estado.

Existen además las DISTINCIONES, reconocidas en el artículo 9 de la Ley No. 17/78, al definir que son insignias no concedidas por el Estado, que se otorgan a los ciudadanos, en reconocimiento a méritos o actitudes destacadas, fundamentalmente en servicios realizados durante un extenso período de tiempo de varios años.

Las distinciones por años de servicio se conceden por los sindicatos nacionales, conjuntamente con los organismos de su rama o sector.

Como Distinciones que otorgan los sindicatos están establecidas, según el Decreto Ley No. 30/79, las siguientes:

NOMBRE DE LA CONDECORACIÓN
SECTOR
“Enrique Hart”
Administración Pública
“Marcos Martí”
Agropecuario
“Emilio Bárcenas”
Civil de la Defensa
“Fernando Chenard”
Comercio y la Gastronomía
“Mario Muñoz”
Comunicaciones
“Armando Mestre”
Construcción
“Raúl Gómez García”
Cultura
“Rafael María de Mendive”
Educación y las Ciencias
“Alvaro Barba Machado”
Forestal
“Pedro Marrero”
Industria Alimenticia
“Jesús Suárez Gayol”
Industria Azucarera
“José Ramón Martínez Alvarez”
Industria Ligera
“Ñico López”
Industria Química y Energética
“Aracelio Iglesias”
Marina Mercante, los Puertos y la Pesca
“René Ramos Latour”
Minero-metalúrgico
“Manuel Fajardo”
Salud
“Carlos Baliño”
Tabacalero
“José María Pérez” Transporte
 
Galería de condecoraciones

Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 12 de diciembre de 1979 se aprobaron los Estatutos de cada uno de los Títulos Honoríficos y Órdenes y los Reglamentos de las Medallas y Distinciones, en los que se establece la forma solemne y demás reglas que rigen la imposición y entrega, tanto de las Condecoraciones, los Títulos Honoríficos, como las Distinciones.
 

DISTINCIONES

1- Estrella de Oro Héroes del Trabajo de la República de Cuba
2- Orden Lázaro Peña de 1º grado
3- Orden Lázaro Peña de 2º grado
4- Medallón Jesús Menéndez
5- Orden Lázaro Peña de 3º grado
6- Hazaña laboral
7- Trabajadores internacionalistas
8- Sello 18 congreso de la CTC
9- Sello XXX aniversario caída en combate del Che
10- Sello aniversario del asesinato de Jesús Menéndez
11- Aniversario 60 de la CTC

Galería de distinciones

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