Cuidado de la trabajadora embarazada

Más allá de la legislación

Para que el embarazo de una trabajadora llegue a feliz término, con un bebé sano y ella en óptimas condiciones para continuar su crianza, la legislación cubana proporciona innumerables derechos.

Desde la Ley No. 1263 y su reglamento, la Resolución No. 2/74 que regulan lo concerniente a la atención médica durante el embarazo, el descanso anterior y posterior al parto, la lactancia y el cuidado de los hijos así como la prestación económica; la Ley No. 13, de Protección e Higiene del trabajo, que la resguarda especialmente para no laborar en turnos nocturnos o labores que les afecten, hasta llegar a nuestros días, con la Resolución No. 11/2001, que concede a ellas una prestación del 60% de su salario si requieren cuidar del niño en su primer año de vida.

Pero, ¿esto es todo?  ¿Llenan los derechos todas las expectativas de una trabajadora embarazada?  A veces hay situaciones fortuitas que impiden que la tranquilidad sea el denominador común de estos meses de espera.

No siempre la familia o el padre de la criatura constituyen el asidero necesario para enfrentar dificultades en estos momentos. ¿En quién apoyarse?  Y aquí, realmente, ¿qué mejores pilares encontrar que quienes día a día comparten lo bueno y lo malo?: el colectivo laboral liderado por la sección sindical.

En el V Congreso del Sindicato de los Trabajadores de las Industrias Química, Minera y Energética, el secretario general de la CTC, Pedro Ross, preguntó qué proporción de mujeres estaban afiliadas a esa organización  y la respuesta fue que  unas 40 mil mujeres, miles de ellas en edad fértil.

Y en este contexto Ross acentuó la necesidad de que en los centros de trabajo se les preste una atención espacialísima a las embarazadas, desde que gestan hasta que sus niños crecen.

No se debe limitar esta atención sólo a la alimentación, que debe ser diferenciada, y reforzada si es preciso, porque uno de los problemas de la mortalidad infantil y materna se relaciona con la hipertensión, la diabetes y una serie de factores fisiológicos. Ni tampoco ceñirse a que la trabajadora no debe laborar en turnos que afecten su descanso, como los horarios nocturnos avanzados o las madrugadas. Por eso fue más allá, porque también hay males espirituales y emotivos, que dañan crecidamente.

Ross trazó como línea que a las trabajadoras embarazadas su colectivo, dirigido por el sindicato, tienen que brindarles todo el apoyo, incluso el moral –porque hay situaciones en las cuales el padre no quiere aceptar su responsabilidad y la madre queda al desgaire-- y ayudarla en todo lo posible.

Como me dijo una delegada, esto va más allá de la legislación.  Y también de las tareas cotidianas.  Pero, también es algo que en muchos lugares, de forma espontánea ya se ha realizado. Como resaltó Ross, todo ello forma parte de la espiritualidad del socialismo, de su preocupación no sólo por lo material, sino también por las condiciones de vida, por el universo subjetivo de sus trabajadores.

 

ubasindical 2007

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